El pasado 20 de marzo de 2026, los nuevos magistrados del Tribunal Supremo Electoral (TSE) tomaron posesión y serán las autoridades encargadas de organizar las elecciones generales de 2027 y de 2031. Sin embargo, el proceso de designación de la nueva magistratura dejó al descubierto, una vez más, el agotamiento del modelo de comisiones de postulación que, lejos de permitir que los mejores perfiles aspiren a ocupar un asiento en el órgano electoral, genera incentivos para la opacidad, las negociaciones clientelares y la instrumentalización de mecanismos aparentemente técnicos para legitimar decisiones políticas previamente acordadas, todo lo cual debilita la confianza ciudadana en la independencia y legitimidad de las autoridades electorales.
Cabe destacar que el proceso de designación de magistrados del TSE fue el que inauguró el ciclo de recambio de autoridades institucionales clave del sistema político guatemalteco de 2026, pero la fase de designación final se entrelazó con el arranque de los procesos de recambio en la Corte de Constitucionalidad y en el Ministerio Público, así como con la conformación de los primeros cuerpos electorales para la elección del nuevo rector en la USAC. Hacer referencia al timing no es para menos, ya que, ante la complejidad y pluralidad de procesos ocurriendo de manera simultánea, la atención ciudadana se fragmentó, siendo el proceso de designación de magistrados del TSE el primero en perder el interés público ante el panorama desalentador de la postuladora. Como se aborda a continuación, las derrotas en las fases tempranas de la comisión de postulación para magistrados del TSE allanaron el camino para que la postuladora fuera cooptada y en poco tiempo la atención de la opinión pública y de las fuerzas opositoras se desplazó al siguiente proceso.
El camino de la postuladora
Desde el inicio, el proceso de conformación de la comisión de postulación para la designación de magistrados del TSE estuvo plagado de polémicas. La Ley Electoral y de Partidos Políticos establece que la comisión de postulación debe elaborar una nómina de veinte aspirantes que deberá ser remitida al organismo legislativo para la votación y designación final. La comisión se integra por cinco miembros: 1) el rector de la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), quien la preside; 2) el decano de la facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la USAC; 3) un representante de los rectores de las universidades privadas; 4) un representante de los decanos de las facultades de Ciencias Jurídicas y Sociales de las universidades privadas; y 5) un representante del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala (CANG).[1]
Por la forma en la que la ley dispone su conformación, desde que arrancó el proceso, se tenía certeza de quiénes serían dos de los cinco miembros que integrarían la comisión de postulación (Walter Mazariegos, rector de la USAC y Henry Arriaga, decano de la USAC). Todo indicaba que la correlación de fuerzas dentro de la comisión se definiría en la designación de los integrantes restantes, en donde una sola derrota era suficiente para inclinar la balanza a favor de Mazariegos. Ante los resultados de la primera vuelta en las elecciones del CANG, que colocaron a la planilla cuatro (encabezada por Goyo Saavedra y Edgar Ortiz) en la segunda vuelta, las designaciones de las universidades privadas resultaron clave para decantar el camino de la postuladora. Tanto el foro de rectores de las universidades privadas, como los decanos de estas universidades, designaron a través de elecciones a puerta cerrada y sin acceso a medios de comunicación, a representantes afines a Walter Mazariegos.
Mynor Augusto Herrera, rector de la Universidad Panamericana, fue uno de los actores que alegó fraude electoral en 2023 y ha mostrado públicamente su desconfianza al trabajo del TSE durante las últimas elecciones, contribuyendo a la narrativa de deslegitimación de los resultados electorales. Por su parte, José Ángel González, decano de la Universidad de Occidente, fue vinculado con actores de derecha conservadora como la Liga Pro Patria y, más adelante, fue uno de los cinco votos que sostuvo Consuelo Porras en su intento por colarse dentro de la nómina de seis aspirantes al puesto de Fiscal General y Jefe del Ministerio Público.
Mientras tanto, la planilla cuatro se jugaba su puesto en la postuladora en la segunda vuelta de elecciones del CANG, en un escenario en el que las Cortes del país dejaron fuera a las ciencias afines del proceso electoral, a pesar de su presencia continuada en estas elecciones a lo largo de los años. Sin embargo, de poco sirvió la victoria de la planilla cuatro en la segunda vuelta de elecciones del CANG, porque a pesar de ejercer un contrapeso dentro de la postuladora del TSE, su voto tuvo baja incidencia en la conformación de la nómina final de aspirantes ante la ausencia de actores con los cuales tejer alianzas.
La correlación de fuerzas dentro de la postuladora del TSE
Una vez integrada, la postuladora del TSE inició la recepción y calificación de expedientes, recibiendo para tal efecto la documentación de 178 aspirantes, los cuales fueron evaluados de forma exprés, opaca y bajo señalamiento de irregularidades en la asignación de punteos. Plaza Pública realizó un ejercicio de revisión de los 20 expedientes que conformaron la nómina final, lo que les llevó a la conclusión de que los comisionados asignaron hasta 162 puntos sin que 16 candidatos cumplieran a cabalidad con los méritos establecidos en la tabla de gradación, mientras que a los otros cuatro candidatos se les restaron entre dos y ocho puntos.
Asimismo, en Diálogos hemos cuestionado el excesivo formalismo que gira alrededor de las tablas de gradación, ya que, en la práctica, los comisionados se limitan a realizar un ejercicio mecánico de suma de documentos y formalismos desprovistos de valor sustantivo, sin realizar un análisis cualitativo de las calidades de los postulantes. Si a esto se le suma un posible sesgo intencional en la asignación de puntos, la fase de evaluación de expedientes pierde gran parte de su utilidad como mecanismo de depuración, lo que crea incentivos para favorecer o excluir candidatos deliberadamente.
Agotada la fase de calificación y llegado el momento de la votación de los comisionados para integrar la nómina, la fuerza predominante dentro de la comisión de postulación se hizo evidente. Como se puede observar en la Tabla 1, los comisionados de la USAC, Walter Mazariegos y Henry Arriaga, votaron de forma alineada en la totalidad de votos emitidos a favor de quienes integraron la nómina final de veinte aspirantes, todos ellos recibieron el voto favorable de ambos integrantes de la postuladora. Por su parte, José Ángel González y Mynor Herrera se separaron del criterio de los comisionados de la USAC en solo uno y dos de los veinte aspirantes, respectivamente.
La mayor discrepancia en la votación se vio reflejada en el criterio del representante del CANG que votó en contra de ocho de los veinte aspirantes que pasaron a conformar la nómina final. A pesar de ello, cabe destacar que solo tres de los diez aspirantes que serían finalmente designados por el Congreso como magistrados titulares y suplentes del órgano electoral recibieron el voto en contra de la fuerza opositora en la postuladora, siendo ellos: 1) Roberto Estuardo Morales, magistrado titular; 2) Giovanni Francisco Soto, magistrado suplente; y 3) Sergio Amadeo Pineda, magistrado suplente.
Tabla 1. Votos recibidos por los aspirantes que integraron la nómina final enviada al Congreso de la República
Fuente: Elaboración propia con datos de Foro Guatemala.
La votación realizada por los comisionados refleja una alianza clara entre los rectores y decanos de la USAC y de las universidades privadas que integraron la postuladora, cuya coalición ejerció un claro dominio en la integración final de la nómina remitida al Congreso. Ante esta circunstancia, la Embajada de los Estados Unidos acusó a las autoridades universitarias de abrir el TSE a estructuras criminales. Por su parte, los votos del comisionado opositor del CANG, a pesar de haber sido otorgados a favor para 12 de los 20 aspirantes que pasaron a la fase final del proceso, no tuvieron incidencia real para permitir o para bloquear la entrada de ninguno de los 20 aspirantes de la nómina final, puesto que 19 de ellos obtuvieron al menos cuatro votos a favor, siendo necesarios tres para integrar la nómina. El único candidato que estuvo al límite fue el aspirante Lesther Castellanos Rodas, quien, a pesar de contar con el voto desfavorable del comisionado del CANG y del rector de la UPANA, logró integrar la lista de 20 aspirantes. En ese sentido, la integración de la nómina final no fue más que un simple trámite.
Patrones de votación en la designación final de magistrados del TSE
Luego de conformada la nómina de veinte aspirantes, la designación final de los magistrados del TSE quedó en manos del Congreso, que el 10 de marzo de este año, en sesión plenaria, eligió finalmente a quienes ocuparán el cargo para el período 2026-2032. Esta designación requería de una mayoría calificada de al menos 107 votos, lo que conlleva la necesidad de alcanzar un pacto político amplio. Desde Diálogos elaboramos una herramienta para analizar las coincidencias de votación y la capacidad de incidir en los resultados de las votaciones entre las diferentes bancadas y congresistas que integran el organismo legislativo, durante las elecciones de segundo grado. Este insumo permite identificar alianzas entre bloques legislativos y señalar una determinada correlación de fuerzas para cada evento de votación.
Antes de pasar de lleno al análisis de la herramienta, cabe destacar que la simultaneidad en los procesos de renovación de autoridades de alta jerarquía en el sistema político guatemalteco conlleva la necesidad de hacer un análisis integral, bajo el entendido que los resultados o el desempeño de un proceso repercuten en el ciclo general de renovaciones institucionales, sobre todo cuando es el mismo órgano decisor sobre el que recae la responsabilidad de la designación final. En ese sentido, cabe destacar que, entre la designación de magistrados para la Corte de Constitucionalidad por parte del Congreso y la designación final de los magistrados del TSE, mediaron tan solo cinco días. El 3 de marzo el Congreso suspendió la sesión que había programado para elegir a su magistrado de la CC luego de que no se alcanzaran los votos necesarios para el nombramiento. Dos días después, el 5 de marzo, el Pleno del Congreso eligió a Roberto Molina Barreto y Luis Alfonso Rosales como sus magistrados titular y suplente ante la Corte de Constitucionalidad, para, posteriormente, el 10 de marzo, elegir a los magistrados del órgano electoral.
La designación de magistrados a la Corte de Constitucionalidad que realizó el Congreso, a diferencia de la designación de magistrados al TSE, contó con la intervención del enviado de los Estados Unidos, John Barret, como factor determinante. Este actor se adhirió e impulsó una narrativa que inclinó la percepción de las bancadas hacia la necesidad de optar por un perfil con trayectoría previa en las Cortes para mantener una supuesta previsibilidad institucional. Esto derivó en la continuidad de Roberto Molina Barreto dentro de la Corte, a pesar de que en semanas previas se negociaba por otros nombres más cercanos al Ejecutivo y a la bancada oficialista.
En concreto, los votos del bloque Bien (3), CREO (2) y VIVA (7), así como los de las facciones de VAMOS, liderada por la diputada Thelma Ramírez (5), y Valor, liderada por Elmer Palencia (8), fueron los votos movidos posiblemente por la presión diplomática, apartándose de la coalición previa de 95 diputados que, junto con la alianza oficialista, había ganado la elección de Junta Directiva unos meses atrás. La Figura 1 refleja la cercanía en el voto de los bloques que aparentemente cedieron ante la presión del enviado especial de los Estados Unidos: Valor y BIEN, con los votos de la UNE, Unionista, Elefante, Victoria, Cambio y TODOS. En contraste, se muestra el aislamiento de los bloques Semilla, Winaq, VOS y Cabal. Además, la Figura 2 muestra el bajo nivel de incidencia sobre el resultado de las votaciones que tuvo la bancada oficialista, la cual se situó en el puesto diez de nivel de incidencia para la elección de magistrados de la Corte de Constitucionalidad.
Figura 1. Mapa de similitud de votos entre bloques para la elección de magistrado titular y suplente para la Corte de Constitucionalidad.
Fuente: Tablero de Votaciones en el Congreso de Diálogos, en https://dialogos.org.gt/votaciones-en-el-congreso/
Figura 2. Índice de influencia[2] por bloque legislativo en la votación para la designación de magistrado titular y suplente para la Corte de Constitucionalidad.
Fuente: Tablero de Votaciones en el Congreso de Diálogos, en https://dialogos.org.gt/votaciones-en-el-congreso/
Con tan solo cinco días de diferencia entre una elección y otra, la designación de magistrados del TSE realizada por el Congreso tuvo dinámicas de negociación y de votación distintas, marcadas por una menor contundencia en su actuar por parte del factor de presión externa. La nómina de veinte aspirantes enviada por la postuladora al organismo legislativo tuvo como principal filtro la incidencia diplomática ejercida sobre determinados perfiles considerados más polémicos por parte de la Embajada de los Estados Unidos. Como consecuencia posible a la influencia ejercida por la presión de los Estados Unidos, los magistrados electos tuvieron un perfil más bien moderado si se toma como referencia la propuesta inicial enviada por la postuladora dirigida por Walter Mazariegos, lo que puede explicar que siete de los diez magistrados del TSE hayan obtenido el voto favorable de la fuerza opositora en la comisión de postulación para integrar la nómina final. Asimismo, que los diez perfiles que pasaron a integrar el órgano electoral hayan obtenido un apoyo político amplio, como se puede observar en la Tabla 2.
Tabla 2. Votos obtenidos por los magistrados titulares y suplentes electos para integrar el TSE para el período 2026-2032.
Fuente: Elaboración propia con datos del Congreso de la República
En ese contexto, la coalición reformista que se consolidó en la elección de la Junta Directiva a finales de 2025, volvió a adquirir relevancia. La Figura 3 muestra la capacidad de influencia de los bloques legislativos que intervinieron en la votación para elegir a los magistrados del TSE, en donde los legisladores oficialistas ganaron capacidad de incidir en los resultados de las votaciones según los resultados que arroja el índice de influencia por bloque legislativo. Asimismo, la Figura 4 muestra una mayor cercanía de los diputados de Semilla y CABAL con los diputados de la UNE, Unionista, Elefante, Victoria, BIEN y Valor con los que unos días antes habían diferido en cuanto a criterios de votación. Esto evidencia que, ante la falta de incentivos que alteran de manera drástica las dinámicas de negociación en el Congreso, los legisladores optaron por perfiles más bien grises, dejando un resultado híbrido en la conformación final del TSE.
Figura 3. Índice de influencia por bloque legislativo en la votación para la designación de magistrados del TSE.
Fuente: Obtenido del Tablero de Votaciones en el Congreso, elaborado por Diálogos.
Figura 4. Mapa de similitud de votos entre bloques para la elección de magistrados del TSE.
Fuente: Obtenido del Tablero de Votaciones en el Congreso, elaborado por Diálogos.
A pesar de no haberse concretado el escenario más trágico para la integración del órgano electoral, el proceso de comisiones de postulación del TSE evidenció una vez más el agotamiento de un modelo que genera incentivos para las negociaciones por debajo de la mesa, la opacidad y la manipulación de procedimientos para dar apariencia de legalidad o intentar legitimar procesos que no responde a las demandas democráticas de la población.
Esto, sumado a la complejidad que ha presentado el ciclo de renovaciones institucionales de 2026, el cual añadió sus propios factores condicionantes al proceso de designación del TSE. Como resultado final de estas dinámicas, cabe señalar un órgano electoral con una estabilidad técnica mínima que deberá asumir el reto de administrar los procesos electorales de 2027 y 2031, y asegurar una mayor participación y confianza ciudadana en los resultados electorales de cara al futuro.
[1] Asamblea Nacional Constituyente. Decreto Número 1-85, Ley Electoral y de Partidos Políticos. Guatemala.
[2] Resume el desempeño general del diputado o bloque legislativo al combinar la frecuencia en que sus votos coincidieron con el resultado final de las votaciones en las que participó (índice de acierto) y la importancia relativa de sus aciertos, considerando la relevancia de la votación. Un valor más alto indica mayor capacidad de incidir en los resultados de las votaciones.